sábado, 2 de junio de 2012

La falsa libertad de conciencia

Después del concejo mantenido en Friedensau, Alemania, y la negativa por parte de la Conferencia General de permitir una audiencia en San Francisco, surgieron muchos Adventistas que estaban plenamente convencidos que la Iglesia Adventista del Séptimo Día había tomado la posición equivocada en lo concerniente al servicio militar. Por consiguiente, los honestos de corazón se aunaron con el pueblo separado y fiel de Dios. A medida que el Movimiento de Reforma crecía en membresía e influencia, la dirección de la Iglesia Adventista del Séptimo Día se reunía en Gland, Suiza, el 2 de enero de 1923, para deliberar acerca de la cuestión militar y para hallar medios de neutralizar el rápido crecimiento del Movimiento de Reforma. Ya que no se encontró vía, en primera instancia, para corregir los crasos errores que habían creado este movimiento, los dirigentes Adventistas trazaron planes para alcanzar el éxito en su misión. En el concejo de Gland, se adoptó la decisión de permitir a todo miembro LIBERTAD DE CONCIENCIA respecto al servicio militar y la toma de armas. La siguiente resolución fue aprobada el 2 de enero de 1923:

El comité ejecutivo de la División Europea de la congregación de los Adventistas del Séptimo Día, reunidos en conferencia en Gland, Suiza, habiendo deliberado cuidadosamente acerca de guardar el Sábado, servicio militar, portar armas en tiempo de paz y durante períodos de guerra, unánimemente se declaran a sí mismos en armonía con la enseñanza general de sus hermanos de tal congregación a lo largo y ancho del mundo, como sigue:

... Permitimos a todos nuestros miembros de iglesia absoluta libertad para servir a su país, en todo tiempo y en todo lugar, de acuerdo a los dictados de su escrupulosa convicción personal.

Una vez más, como en la sesión de Friedensau, la dirección Adventista estableció la enseñanza de la libertad de conciencia. Permitir libertad para transgredir la ley de Dios en todo país y en cualquier tiempo, pretendiendo que no es pecado, es ciertamente una característica de confusión mundana. ¿Qué escribe la Hermana White acerca de la libertad del hombre?
Los hombres no están libres para crear su propia norma, a fin de evitar la ley de Dios y agradar a su propia inclinación. Deben acudir a la gran norma de justicia establecida por Dios.

Si los hombres estuviesen en libertad para apartarse de lo que requiere el Señor y pudieran fijarse una norma de deberes, habría una variedad de normas que se ajustarían a las diversas mentes y se quitaría el gobierno de las manos de Dios. La voluntad de los hombres se haría suprema, y la voluntad santa y altísima de Dios, sus fines de amor hacia sus criaturas, no serían honrados ni respetados.

Las siguientes reseñas de publicaciones Adventistas del Séptimo Día muestran los trágicos resultados de la resolución de la Conferencia General permitiendo libertad de conciencia en el asunto de portar armas.

Rumanía – 1924

El servicio militar y la participación en la guerra no es hacer un pacto con el mundo, ni defender Babilonia. La participación en la guerra es puramente una obligación civil. En lo tocante a la guerra, nuestros jóvenes también realizarán su obligación en Sábado (Sabbath).

Yugoslavia – 1925

La enseñanza de la Escritura que dice Da al César lo que es del César corresponde con los Adventistas en todo punto. Ellos sirven a su país conscientemente durante su requerido tiempo militar, arma en mano, en la paz así como en tiempo de guerra; y un gran número de Adventistas han evidenciado su valor en la Guerra Mundial, y muchos tienen el pecho condecorado con una medalla del más alto reconocimiento, debido a su heroismo.

MAS TRANSGRESIONES

Además de dar libre albedrío a sus miembros para servir como no-combatientes, la Iglesia Adventista también les da prerrogativa de servir como combatientes. Un combatiente es un soldado que lucha con armas. Ahora bien, ¿qué posición adopta la Iglesia Adventista del Séptimo Día respecto a la condición de combatiente?. ¿Disciplina o excluye la Iglesia a un miembro que sirve a su país como combatiente?. Esta es la posición oficial de la Iglesia:

Para aquellos que conscientemente eligen la clasificación I-A (servicio militar como combatiente), se les proveerá de guía y consejo pastorales para asistir a sus necesidades, pues la iglesia se abstiene de juzgarles.
El 4 de junio de 1974, C. D. Martin, de la Conferencia General, escribió una carta abordando el tema del servicio militar. Aquí tenemos una porción de esa carta:

Pregunta: ¿Ha de ser excluido un miembro de la iglesia Adventista si conscientemente solicita o acepta una condición I-A, rehusando tanto la condición de objetor de conciencia como la condición de no-combatiente?
Respuesta: No. Para una respuesta completa a esta pregunta, me gustaría referirme a un hecho tomado del Concilio de otoño de 1972 ....

En 1989, Calvin B. Rock, vicepresidente general de la Conferencia General, escribió un artículo que confirmaba la decisión de la iglesia en el Concilio de otoño de 1972:
Tenemos un número de miembros sirviendo en el cuerpo de policía, otros trabajando como guardias de seguridad en agencias privadas, y unos pocos trabajando con el FBI y otras agencias federales similares. La mayoría de ellos portan armas, pero no están sometidos a disciplina por portar armas, bajo las estipulaciones de nuestro Manual de Iglesia. Ni tan siquiera los que están en las fuerzas armadas que eligen llevar armas.

LOS ADVENTISTAS QUE ELIGEN PORTAR ARMAS NO SON DISCIPLINADOS POR LA IGLESIA.


En otras palabras, un Adventista puede continuar siendo miembro de la iglesia si eligiera ser combatiente. ¡No será excluido por participar en la destrucción de vida humana!. Qué trágico.

En 1991, durante la crisis del Golfo Pérsico, Spectrum publicó un artículo mencionando cuántos Adventistas estuvieron involucrados en la guerra. Esto es lo que el artículo exponía:

El Departamento de Defensa estima que el 05 por ciento de todo el personal militar de E.E.U.U. son Adventistas del Séptimo Día. Basado en este dato, el Servicio Capellán Adventista de la Conferencia General asume que entre 2.000 y 2.500 de los 500.000 integrantes de las tropas de E.E.U.U. en la Guerra del Golfo, eran Adventistas.

Un capellán militar Adventista estima que el 90 por ciento de los Adventistas en el ejército de E.E.U.U. --incluyendo, presumiblemente, aquellos en el Golfo-- son combatientes que portan armas.

Según el Espíritu de Profecía y la Biblia, ¿puede un Adventista, enrolado en el ejército, mantener su membresía en la iglesia?

Cristo ha enseñado claramente que aquellos que persisten en abierto pecado deben ser separados de la iglesia, pero Él no nos ha encargado la tarea de juzgar el carácter y los motivos.

Se debe tratar prontamente con el pecado y los pecadores dentro de la iglesia, para que otros no sean contaminados. La verdad y la pureza requieren que realicemos más trabajo concienzudo para limpiar el campo de Aqueos. Que aquellos que ocupan posiciones de responsabilidad no toleren el pecado en un hermano. Muéstresele que debe, o bien abandonar sus pecados, o ser separado de la iglesia.

Ser combatiente es una violación abierta del sexto mandamiento, No matarás. Desafortunadamente, la Iglesia Adventista del Séptimo Día permite, a aquellos que eligen la condición de combatiente, continuar como miembros de posición de la congregación.